Al haberse prorrogado la “moratoria contable”, las cuentas del ejercicio 2024 se pueden formular hasta el 9 de mayo de 2025.
Los representantes de los trabajadores deben preavisarle y justificar el uso del crédito horario.
Si lo desea, puede aplazar el pago del IRPF.
La responsabilidad del administrador es personal: ni el respaldo de la junta ni la renuncia a acciones legales le protegerán.
Si todavía no ha pasado un año desde que la empresa dejó de abonar la cuantía correspondiente, el afectado podrá reclamar.
Hacienda dispone de seis meses para hacer la devolución.
Reciba en su email nuestro boletín de noticias.